Numeral 14
Numeral 14 del artículo N°4 de la Ley N° 20.880, artículo N°12 bis de la Ley N°19.886, y artículo N°13 del Reglamento de la Ley N°19.886. Las personas que, de conformidad con lo dispuesto en la ley Nº 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, estén sujetas a la obligación de declarar intereses y patrimonio.
En este caso, aquel personal que realice funciones en la Plataforma de Compras Públicas. Y según el Art. 13 del Decreto N° 661, aprobado el 12 de diciembre del 2024.
